
Este curioso cuadro que cuelga de las paredes de la Barbería
Cabildo nos informa de las "pocas" normas que la iglesia dictaba sobre el
traje de baño.

Bonita imagen de la playa a primeros de siglo XX. Las garitas de mimbre
servían a la vez de butaca y sombrilla
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1ª El traje de baño será, normalmente, tanto más recomendable cuanto
más cubierto deje el cuerpo y menos se ciña a las sinuosidades de éste,
siendo de advertir que dicho traje es exclusivamente para el baño, no para
la playa, debiendo tanto las señoras como los caballeros cubrirse con la
capa o albornoz al entrar y salir del agua.
2ª En consecuencia, el escote lo
mismo en los trajes de señora que en los de caballero, no deberán separarse
mucho del arranque del cuello.
3ª En los trajes de mujer,
el pantalón y la falda deben llegar, como mínimo, a la rodilla, y los
varones han de llevar doble pantalón o faja-volante sobre el pantalón, y
cubierta la mayor parte del muslo, como suelen hacerlo las personas
elegantes y de buen gusto.
4ª Es completamente
reprobable que el traje de la mujer carezca de manga en absoluto, siendo de
muy recomendar que llegue hasta la mitad del brazo aproximadamente, y
que sea ceñida en su terminación.
También son reprobables los trajes
de varón que dejen al descubierto la mayor parte del hombro o de los
costados.
MOR-PLAYA
(Con la
aprobación de la Autoridad Eclesiástica)
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